PLANES y PROGRAMAS

PAT (Plan de Acción Tutorial)

La Tutoría constituye un elemento inherente en la actividad docente dentro de un concepto integral de la educación. Todo profesor/a debe conseguir que su labor educativa vaya más allá de la mera instrucción o transmisión de conocimientos, ya que si el fin último de la educación es el pleno desarrollo de la persona, supone que también hay que enseñar y aprender valores, normas y actitudes que desarrollen íntegramente al alumno/a (desarrollo cognitivo, personal y social). Estas tareas educativas no son labor exclusiva de un solo profesor/a (tutor/a) sino que tiene que ser asumida por todo el equipo de profesores/as, convirtiéndose así en educadores/as y orientadores/as de sus alumnos/as.

La Tutoría está actualmente regulada por el Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y por el Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de CLM.

En el Decreto 66/2013 se señala (Art. 24.1) que La orientación educativa, psicopedagógica y profesional viene a ser un principio educativo con relevancia en todas las etapas. Le corresponde a la Consejería con competencias en materia de educación la responsabilidad de velar por ésta y promover las medidas necesarias para que la tutoría personal de los alumnos y la orientación educativa, psicopedagógica y profesional constituyan un elemento fundamental en la ordenación de las diferentes etapasEsta orientación educativa y profesional se viene desarrollando en los centros docentes a través de distintos niveles. Dicho Decreto nos marca que “…el Primer Nivel se desarrollará a través de la Tutoría coordinada por el tutor del grupo, con la colaboración de todo el profesorado”.

Finalidad y Funciones

La tutoría, como parte de la función docente, es responsabilidad de todo el profesorado de todas las etapas y niveles educativos, y tiene como finalidad contribuir a la personalización e individualización de los procesos de enseñanza y aprendizaje y las tareas de mediación entre alumnado, profesorado y familias.

Las funciones generales de la tutoría se recogen en el artículo 26, apartado 1, del Decreto 66/2013, de 03/09/2013:

  1. Informar al equipo directivo de los casos de falta de atención y los malos resultados de determinados alumnos, con el fin de iniciar la oportuna evaluación y, posteriormente, si es preciso, una escolarización e intervención adecuadas.
  2. Desarrollar con el alumnado programas relativos al impulso de la acción tutorial como la mejora de la convivencia, el proceso de enseñanza y aprendizaje y la orientación académica y profesional.
  3. Coordinar al equipo docente garantizando la coherencia y la puesta en marcha de medidas que mejoren el proceso educativo a nivel individual o grupal, informándoles de todos aquellos aspectos relevantes en el mismo.
  4. Colaborar con el resto de niveles que desarrollan la orientación especializada siguiendo las indicaciones que pueden aportar las otras estructuras, bajo la coordinación de la jefatura de estudios.
  5. Facilitar el intercambio entre el equipo docente y las familias, promoviendo la coherencia en el proceso educativo del alumno y dándole a éstas un cauce de participación reglamentario.     
Documentación de interés: 
AdjuntoTamaño
PDF icon Plan de Acción Tutorial (PAT)1.36 MB
Última modificación: 05/01/2018 - 23:06