PAT (Plan de Acción Tutorial)
La Tutoría constituye un elemento inherente en la actividad docente dentro de un concepto integral de la educación. Todo profesor/a debe conseguir que su labor educativa vaya más allá de la mera instrucción o transmisión de conocimientos, ya que si el fin último de la educación es el pleno desarrollo de la persona, supone que también hay que enseñar y aprender valores, normas y actitudes que desarrollen íntegramente al alumno/a (desarrollo cognitivo, personal y social). Estas tareas educativas no son labor exclusiva de un solo profesor/a (tutor/a) sino que tiene que ser asumida por todo el equipo de profesores/as, convirtiéndose así en educadores/as y orientadores/as de sus alumnos/as.
La Tutoría está actualmente regulada por el Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y por el Decreto 40/2015, de 15/06/2015, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de CLM.
En el Decreto 66/2013 se señala (Art. 24.1) que La orientación educativa, psicopedagógica y profesional viene a ser un principio educativo con relevancia en todas las etapas. Le corresponde a la Consejería con competencias en materia de educación la responsabilidad de velar por ésta y promover las medidas necesarias para que la tutoría personal de los alumnos y la orientación educativa, psicopedagógica y profesional constituyan un elemento fundamental en la ordenación de las diferentes etapas. Esta orientación educativa y profesional se viene desarrollando en los centros docentes a través de distintos niveles. Dicho Decreto nos marca que “…el Primer Nivel se desarrollará a través de la Tutoría coordinada por el tutor del grupo, con la colaboración de todo el profesorado”.
Finalidad y Funciones
La tutoría, como parte de la función docente, es responsabilidad de todo el profesorado de todas las etapas y niveles educativos, y tiene como finalidad contribuir a la personalización e individualización de los procesos de enseñanza y aprendizaje y las tareas de mediación entre alumnado, profesorado y familias.
Las funciones generales de la tutoría se recogen en el artículo 26, apartado 1, del Decreto 66/2013, de 03/09/2013:
- Informar al equipo directivo de los casos de falta de atención y los malos resultados de determinados alumnos, con el fin de iniciar la oportuna evaluación y, posteriormente, si es preciso, una escolarización e intervención adecuadas.
- Desarrollar con el alumnado programas relativos al impulso de la acción tutorial como la mejora de la convivencia, el proceso de enseñanza y aprendizaje y la orientación académica y profesional.
- Coordinar al equipo docente garantizando la coherencia y la puesta en marcha de medidas que mejoren el proceso educativo a nivel individual o grupal, informándoles de todos aquellos aspectos relevantes en el mismo.
- Colaborar con el resto de niveles que desarrollan la orientación especializada siguiendo las indicaciones que pueden aportar las otras estructuras, bajo la coordinación de la jefatura de estudios.
- Facilitar el intercambio entre el equipo docente y las familias, promoviendo la coherencia en el proceso educativo del alumno y dándole a éstas un cauce de participación reglamentario.
Adjunto | Tamaño |
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Plan de Acción Tutorial (PAT) | 1.36 MB |